¿Oficina de Rehabilitación? ¿Agente rehabilitador? ¿Gestor de la Rehabilitación? 1ª Parte.
¿Oficina de Rehabilitación? ¿Agente rehabilitador? ¿Gestor de la Rehabilitación? Son las dos nuevas figuras que el Gobierno ha creado en el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, en su interés por impulsar la rehabilitación de edificios existentes para cumplir con las cuota de edificios rehabilitados de cara a la Unión Europea para 2030.
¿Por qué escribo tres conceptos y solo dos nuevas figuras? Porque según el Real Decreto 853/2021, en su artículo nº 8.1 dice textualmente: " Se entenderá por agente o gestor de la rehabilitación la persona física o jurídica...". Igualdad confirmada por Don Luis Vega (Coordinador de la Dirección General Vivienda y Suelo del MITMA), en su intervención sobre: "Ayudas Next Generación para la rehabilitación energética de los edificios", el jueves17, durante la jornada promovida por Hispalyt: "¿Cómo rehabilitar fachadas de ladrillo cara vista con la máxima eficiencia y sin dañar el patrimonio", al preguntarle la diferencia que hay entre Agente rehabilitador y Gestor de la rehabilitación, manifestó: "el Agente Rehabilitador y el Gestor de la Rehabilitación son lo mismo. Sólo que en algunas CCAA se les llama de una u otra forma.
Cuando ya creíamos que había quedado claro, y el gestor y el agente en la rehabilitación eran lo mismo, surge la discrepancia.
La Comunidad Valenciana convoca el "Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio y de mejora de la eficiencia energética en viviendas para el ejercicio 2022, del Plan de Recuperación, transformación y resiliencia de España financiado por la Unión Europea a través de los fondos Next Generation Eu."
En dicho programa crean dos figuras importantes para implementar estas ayudas: el gestor y el agente de la rehabilitación, con la finalidad de establecer mecanismos que faciliten la tramitación de las ayudas y la ejecución de las obras. Incluso se crea un registro autonómico en el que deberán darse de alta para que se les pueda buscar según su localización.
Lo curioso es que personalmente, estoy más de acuerdo con esta diferenciación de ambas figuras, pues considero que una cosa es la tramitación de la solicitud de las ayudas (el gestor) y otra la ejecución de las obras (el agente), como puede ser cualquier otro agente que intervenga en la rehabilitación, ya sean Administradores de fincas, técnicos, empresas, etc. Aunque el agente podría ser también el gestor, pero con cometidos, honorarios y responsabilidades distintas.
Pero ese tema del agente y el gestor lo dejaremos para un próximo artículo.
Nadie discute y es una realidad que prácticamente todos los edificios construidos con anterioridad a 1979, antes de la entrada en vigor de los reglamentos sobre la edificación y el Código Técnico, están necesitando una rehabilitación para mejorar su eficiencia energética, y si la rehabilitación es integral mucho mejor, puesto que la calificación que se obtiene cuando se realiza un certificado de eficiencia energética, la mayoría se clasifican con las letras F o G, las más bajas.
También es cierto que desde que en el año 2000 se implantó en Madrid la ITE (Inspección Técnica de los Edificios), en estos 22 años se han venido rehabilitando constructivamente cada año numerosos edificios en cuanto a su estructura, fachadas, cubiertas, saneamiento....... Algo que hasta esa fecha no se solía hacer en la mayoría de los edificios de las Comunidades de Propietarios. Y solo se actuaba "por rotura" o por estética de sus fachadas.
Desde hace unos ocho años "se ha descubierto" que los edificios están construidos sin tener en cuenta su eficiencia energética, por lo que presentan grandes perdidas energéticas a través de sus fachadas y cubiertas principalmente. Y ahora urge rehabilitarlos energéticamente, máxime aprovechando que la Unión Europea va a transferir una serie de millones para tal cometido, siempre y cuando se cumplan unos plazos y unas condiciones de reducción y ahorro de energía.
¿Pero qué ocurre...? Pues que los propietarios de los edificios y principalmente los propietarios de los edificios residenciales constituidos en Comunidades de Propietarios no están respondiendo a esa llamada de rehabilitarlos. ¿Y qué hace el Gobierno para convencerlos y "ayudarles" a que mejoren sus edificios? Pues crear esas figuras de las Oficinas de Rehabilitación y el Gestor de la Rehabilitación mediante el Real Decreto 853/2021, de 6 de octubre.
Pero como ya he dicho en varias ocasiones, a los legisladores de esos Reales Decretos que afectan a los usuarios que viven en Comunidades de Propietarios les hace falta un asesor de entre los 785 existentes, con verdaderos conocimientos y experiencia, tanto técnica como en la administración de fincas, que les asesore teniendo en cuenta no solo respecto de lo que se quiere conseguir, si no también, sabiendo y teniendo en cuenta que es lo que desean, quieren y pueden los usuarios que habitan esos edificios.
Y voy a explicar el por qué: Tanto las Oficinas de la Rehabilitación como el Agente Rehabilitador no van dar el resultado que ellos esperan, o va a costar mucho conseguirlo.
El Real Decreto 853/2021 regula 6 programas de ayudas:
- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio.
- Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación.
- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio.
- Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendasr ro del edificio existente
- Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación
- Programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes
Presumiblemente, se crean porque los Organismo Oficiales no se ven capacitados para poder informar a los usuarios de todo lo relacionado con la rehabilitación energética de los edificios existentes, las subvenciones de los fondos europeos y los trámites a seguir para conseguirlas. Por ello intentan que sean otros agentes los que colaboren en esa misión.
Pero se están planteando muchas preguntas e incógnitas al respecto, en la reuniones de las juntas comunitarias que celebramos:
El legislador sabe lo que quiere conseguir, pero desconoce lo que desean los usuarios para ponerse a rehabilitar sus edificios y los que les asesoran me temo que tampoco, o no se molestan en informarse por los qué más saben de esos temas.
¿Qué necesitan los usuarios/propietarios de las viviendas constituidas en Comunidades de Propietarios para decidirse a rehabilitar sus edificios? (no teniendo en cuenta las difíciles circunstancias actuales motivadas por la situación económica a nivel mundial, de cara a la incertidumbre por un futuro cercano, la constante subida del precio de los materiales, etc.):
- Información concreta, desinteresada y real sobre la situación de su edificio en particular. Ventajas, dificultades, inconvenientes de realizar esas obras y acometer esos gastos, hipotecándose durante varios años. No es suficiente con decirles que van a estar más cómodos en sus viviendas, que se van a revalorizar sus pisos, o que se va a ayudar al cambio climático o el ahorro de CO2 a la atmósfera.
- ¿Rehabilitación integral o por fases? ¿Pueden todos mis copropietarios hacerlo y financiarlo? ¿Por dónde empezamos las obras? ¿Qué clase de eficiencia energética aplicamos?
- ¿Dónde podemos encontrar un listado fiable por sus conocimientos y experiencia de: técnicos, constructoras, instaladores, agente de rehabilitación etc. que nos garanticen la idoneidad de esos trabajos?
- ¿Dónde encontrar la forma de saber elegir el producto financiero más acorde y económico para financiar nuestro proyecto?
- ¿Cómo podemos asegurarnos que se nos van a conceder, si se presenta la solicitud y la numerosa documentación que se nos pide para optar a las subvenciones públicas ofertadas, antes de tener que hacer unos gastos importantes, y no nos van a mandar la comunicación que se han agotado los fondos?
- ¿Cuál es la garantía civil que nos ofrecen los agentes y/o gestores rehabilitadores por su actuación?
- ¿Las oficinas de información nos van a ofrecer asistencia legal y técnica que nos garantice que los trabajos que nos recomiendan son los adecuados y son los que se realizan?
- ¿Los certificados energéticos y los informes de evaluación de los edificios se van a realizar con un criterio técnico real?, o van a seguir estando tan devaluados como los actuales, que por 50 euros se ofrecen en Internet un certificado de vivienda necesario para el alquiler o venta de ella?
- Las comunidades de propietarios en general, buscan casi siempre el precio más económico. Pocas veces tienen en cuenta la calidad o el mejor servicio.
- No se fían de nadie. Por esos nos solicitan 3, 4 ó 5 presupuestos para casi todo.
- Necesitan una información directa cuando están reunidos y esta, casi en exclusiva, solo se las puede ofrecer su Administrador de Fincas.
Los dos primeros, el Colegio de Arquitectos y el de Aparejadores/Arquitectos Técnicos, independiente de colaborar con los Organismo Públicos y los ciudadanos, lo ven como una fuente de trabajos e ingresos para ellos y sus colegiados.
- IVA el 21%
- Licencia de obras ICIO del Ayuntamiento de Madrid, 4%
- Ocupación de vía pública por los andamios, entre 6% y 10% según categoría de las calles.
- Honorarios de los Técnicos por proyecto, dirección obras, coordinación seguridad 14%, i/IVA
- Seguro de la obra (el seguro multirriesgo de la Comunidad no lo cubre) 1,50%
- Honorarios extraordinarios del Administrador de Fincas/agente rehabilitador 4%, i/IVA
- El IVA para las obras acogidas a los fondos europeos, rebajarlo al 4% ó 5%, tanto a las obras como instalaciones y honorarios de técnicos y administradores/agente rehabilitador
- La tasa del ICIO del Ayuntamiento de Madrid relativa a las licencias de obras de referencia, rebajarlas al 0,95%, al menos para las Comunidades de Propietarios y propietarios individuales de edificios.
- Suprimir la tasa del Ayuntamiento de Madrid por ocupación de vía pública por instalación de andamio en fachada para toda obra de referencia, al menos para las Comunidades de Propietarios y propietarios individuales de edificios.
- Las ayudas concedidas para estas obras no tributarán como incremento del patrimonio a los adjudicatarios de ellas (En el R.D. Ley 19/2021, de 6 de octubre se recogen algunas medidas fiscales al respecto)
- Que las entidades bancarias presenten unas líneas de préstamos de fácil adjudicación para completar la cantidad de la inversión que no se cubra con las ayudas de fondos europeos. Préstamos de fácil adjudicación para las Comunidades de Propietarios, teniendo en cuenta que éstas son buenas pagadoras
Muchas Gracias Salvador por seguir incansable y apasionadamente implicado en difundir, transmitir e informar de todo lo relacionado con las competencias del Administrador de Fincas al servicio de los ciudadanos, y la gran ayuda que esto supone para otros profesionales como es mi caso.
ResponderEliminarUn saludo y me reitero en mi agradecimiento.
Gracias amigo tus palabras me ayudan a seguir .
ResponderEliminarUn cariñoso saludo. Salvador
Muy real la exposición Salvador, las CCPP tienen muchos gastos que afrontar.
ResponderEliminarExcelente artículo, mala solución.
ResponderEliminarSoy propietario, no administrador de fincas. Estuve "ilusionado", con los fondos NextGeneration y me lancé a convencer a mis convecinos. En la búsqueda de información, encontré su blog; ciertamente agradezco su tiempo y dedicación para realizar estos artículos. Ya he renunciado a la tarea de divulgación, es imposible (en mi opinión) convencer a 164 propietarios de empezar a gastar dinero, sin ninguna garantía de nada, ni de recibir las ayudas, ni del resultado de la obra, ni de una financiación adecuada. Sume a esto la dispar situación económica de todos ellos, sus distintas percepciones sobre el ahorro energético o la revalorización de un piso. Creo que lamentablemente será una oportunidad perdida. Nuevamente, muchas gracias por su tiempo, en esta actividad de divulgación. Saludos, David.
ResponderEliminars
ResponderEliminarGracias por sus comentarios. Sólo pretendo dar cuenta de la realidad que sufrimos los administradores de Fincas colegiados y nuestros administrados. Cuando muchas veces los políticos nos cuentan lo que a ellos les conviene, pero no piensan en ustedes que son los que pagan todo lo que hay que hacer. Que efectivamente es necesario, y que en algún momento se tendrá que hacer. Pero diciendo la cruda realidad y no mediante medias verdades. Un afectuoso saludo.