La I.T.E. y Sentencia del Tribunal Supremo (2ª parte)
“El T.S. ratifica que las ITEs residenciales sólo pueden realizarse por profesionales de la Edificación. (2ª Parte) Como ya he comentado en otro artículo ( pulsa aqui para ver ), la Sentencia del Tribunal Supremo nº 5042/2015, de la Sala de lo Contencioso, sección 4ª, de fecha 25 de noviembre de 2.015 declara que el reparto de competencias establecido en la Ley de Ordenación de la Edificación 38/1.999 es extensible a las inspecciones técnicas de los edificios (ITE), de forma que aquellos técnicos que no son competentes para proyectarlos o dirigirlos, tampoco pueden elaborar los informes de inspección técnica de los mismos. Igualmente sentencia que, en relación respecto a los usos del apartado a) del artículo 2.1 de la Ley de Ordenación de la Edificación, LOE, (residencial, administrativo, sanitario, religioso, docente y cultural) solo podrán emitir tales informes los Arquitectos y los Arquitectos Técnicos . Con esta Sentencia se sienta jurisprudencia y s...