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Mostrando entradas de enero, 2016

Inspección Reglamentaria de Ascensores

¿Modificamos algunos Decretos, Leyes, Reglamentos u Ordenanzas, para activar el sector de la Rehabilitación y la Eficiencia Energética Edificatoria? Concepto INSPECCION REGLAMENTARIA ASCENSORES Propuesta de modificación Incluir la instalación eléctrica del cuarto de máquinas  en las inspecciones periódicas Las inspecciones periódicas de los ascensores están reguladas por el Reglamento de aparatos de elevación y mantenimiento, publicado en el Real Decreto 2291/1985 de 8 de noviembre, así como por la Instrucción Técnica complementaria AEM 1 “Ascensores”, publicada en el Real Decreto 88/2013 de 8 de Febrero, y determina que deben realizarse: Cada 2 años:      Ascensores instalados en edificios industriales o locales de pública concurrencia. Cada 4 años:      Ascensores que sirven a más de 4 plantas o más de 20 viviendas. Cada 6 años:      Ascensores instalados en edificios que no cumplan los apartados anteriores. En las inspecciones que tiene que realizar una

La I.T.E. y Sentencia del Tribunal Supremo

“El T.S. ratifica que las ITEs residenciales sólo pueden realizarse por profesionales de la Edificación. Se acaba de publicar la Sentencia del Tribunal Supremo nº 5042/2015, de la Sala de lo Contencioso, sección 4ª, de fecha 25 de noviembre de 2.015, por la que se desestima el recurso del Colegio de Ingenieros Industriales de Madrid, en el que se impugnaba el acuerdo de 13 de septiembre de 2.012, del Ayuntamiento de Soria, por el que se procedió a la aprobación de la Ordenanza Municipal para la aplicación de la Inspección Técnica de construcciones en Soria. En esta sentencia, el Tribunal Supremo declara que el reparto de competencias establecido en la Ley de Ordenación de la Edificación 38/1.999 es extensible a las inspecciones técnicas de los edificios (ITE), de forma que aquellos técnicos que no son competentes para proyectarlos o dirigirlos, tampoco pueden elaborar los informes de inspección técnica de los mismos. Igualmente sentencia que, en relación respecto a los uso

El "negocio" del mercado de la Eficiencia Energética y Rehabilitación integral de edificios.

Todos sabemos y somos conscientes de la importancia, así como de la necesidad de rehabilitar y mejorar la eficiencia energética de nuestros edificios y viviendas. Quizás el mayor, y a veces, el único patrimonio que tenemos. Los profesionales de la Administración de Fincas colegiados, conocedores del estado del parque inmobiliario mejor que nadie, somos los primeros en desear que los edificios que administramos se encuentren en las mejores condiciones constructivas y que se efectúen obras de rehabilitación energética, que proporcionen una reducción del gasto energético del edificio de la Comunidad o Propiedad. El Gobierno, consciente de la situación actual de la construcción, del parque inmobiliario y de la necesidad de impulsar y levantar el sector de la construcción, con la creación de puestos de trabajo, está fomentando y promulgando, por medio de sus Ministerios y departamentos, una serie de leyes y reales decretos que impulsen y desarrollen el mercado de la rehab

Bienvenidos

Este Blog se crea en defensa y para beneficio y conocimiento  de nuestros administrados, los propietarios de las viviendas y edificios, a los cuales he ofrecido durante 38 años, mis servicios, conocimientos y también, por qué no decirlo, mi cariño y amistad, como Administrador de Fincas colegiado. Con mis palabras no pretendo molestar a nadie, ni querer imponer mis ideas, que en algún caso podrían estar confundidas. Solo pretendo exponer aquello que, en el día a día de la Administración de Fincas en Madrid, compruebo que no beneficia, e incluso perjudica a nuestros administrados a los que debo  mi lealtad y defensa, y por otra parte, son barreras que no ayudan a impulsar el sector de la rehabilitación, ni a crear esos puestos de trabajo que tanto se necesitan. En este Blog encontraran la voz de la experiencia que clama y proclama sus derechos. Salvador Jiménez Hidalgo.  Administrador de Fincas colegiado.