¡¡QUE CUNDA EL EJEMPLO!!
En agosto de 2020, publicaba un artículo, (¡¡POR FIN... SE CONSIGUIO!!), celebrando que la comunidad de Madrid, el 4 de septiembre del 2020, había abierto el plazo de solicitud de ayudas para la renovación de ascensores y a partir del 7 de septiembre se podrán solicitar las ayudas del Plan Renove de salas de calderas, que se tramitarán por medio de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid. En esa convocatoría se incluyen las respuestas a dos de las peticiones que había venido realizando durante las numerosas reuniones a las que había asistido, referentes a que el plazo de presentación no coincidiera con los meses de verano y principalmente, que dentro de las partidas subvencionables se incluyeran los honorarios extraordinarios de los Administradores de Fincas por esa gestión extraordinaria dentro de sus cometidos con las Comunidades de propietarios. Textualmente especificaban: Resaltamos que también se considerará como coste elegible el "coste de gestión de la ayuda