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Aprobada la instalación de repartidores de costes de calefacción. ¿Y ahora qué?

En el B:O.E. del 6 de agosto se ha publicado el Real Decreto 736/2020 por el que se regula la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios. Con esta publicación se da cumplimiento a las normativa de la Unión Europea y se llena de contento a fabricantes, instaladores de repartidores de costes, válvulas termostáticas, bombas de caudal variable y, sobre todo, a las empresas de lecturas y emisión de recibos de esos repartidores, a los que tendrán que pagar nuestros administrados. Está por ver si efectivamente se pueden instalar en gran número de edificios y si ello va a repercutir en un ahorro de ese 24% que dicen los números. Me temo que a los Administradores de Fincas, que somos los que ya los instalamos en algunos edificios y que estamos contabilizando sus resultados, no nos cuadran, en general, esos ahorros. Me pregunto: ¿a quién reclaman nuestros administrados si después de instalar todo lo que dice el Real Decreto 736/2020 no se produce ese ahorro t