Manual para un viudo/a primerizo/a

Cuando empecé a escribir este artículo hace un año jamás imaginé que podría ayudar a tantas familias y/o personas. Lo he ido escribiendo a medida que se sucedían los hechos, pero han durado más que un parto: más de nueve meses. Por otra parte están los sentimientos, que aunque son reacciones internas y espontáneas ante una persona, cosa, lugar o situación fuerte, a veces nos juegan malas pasadas y condicionan nuestras acciones, en  este caso retrasándolas.

Es un martes de finales de septiembre a las siete de la tarde. El amigo sacerdote, que ha acudido presto a la llamada, acaba de darle la extremaunción y la comunión y le pregunta: ¿Loli cómo te sientes? (Loli sabe que a su vida le queda poco tiempo de recorrido. Se lo estaba comunicado yo cuando llegó la doctora y se lo confirmó: poco, unos días a lo sumo). Ella contesta: tranquila, esperando que me llamen. El responde: no me extraña. Tú siempre, en algunas de las reuniones que hemos tenido por toda España, siempre has manifestado que no tenías miedo a la muerte y que siempre estabas preparada.

Ha pasado una hora y ya han vuelto a la habitación del hospital los cuatro hijos, las nueras y nietos/as que no quieren separarse de ella. Con dificultad se incorpora un poco en la cama y les dice a todos: Marchaos que estaréis muy cansados y yo también quiero descansar un poco. No me voy a morir esta noche. Mañana volvéis.

Nos quedamos los dos solos en la habitación del hospital y le digo: Cariño, intenta descansar, duérmete un poco que esta noche pasada no has dormido casi nada.

Se queda adormilada y al rato acude fiel a esa llamada que esperaba. Sin una queja, sin un "porqué a mí", como ha hecho siempre a lo largo de esos tres años de luchar contra la enfermedad, solo obedeciendo a esa voz que le dice ven. 

En ese momento finalizan cincuenta y cinco años de un feliz matrimonio, de un enamoramiento continuo, cada vez más más tranquilo, más sereno, más intenso, más complementados el uno con el otro.

De caminar juntos cogidos de la mano en muchos proyectos y sueños realizados. De un enamoramiento que con los años ha ido creciendo y fortaleciéndose. Que no ha sido fácil, pero que poniendo cada uno el cien por cien de nuestra parte, renunciando ambos a algunas o muchas cosas de nuestra manera de ser por amor al otro, nos ha permitido ser felices. Ahora empieza una nueva vida para ambos, una vida sin el amor que me ha acompañado durante todo este camino. También empiezan algunas dificultades al intentar acoplarte a esta nueva situación.

Cariño, he sido muy feliz a tu lado, seguiré siendo feliz con tu recuerdo y tu estilo de vida me acompañará marcando mi vida en el futuro.

Han pasado unos días, ya se ha celebrado el entierro y el funeral. Por cierto, cuanto amor no habrá repartido Loli entre todos los que tuvieron/tuvimos el privilegio de conocerla y compartir algunos minutos, horas, años con ella, que el día del funeral se llenó la gran Basílica-Parroquia Virgen Milagrosa. Parecía la Misa en un día de fiesta grande. Aunque con la diferencia que en ésta, las lágrimas asomaban en el rostro de más de un sacerdote o acompañante. ¡Habíamos perdido a una maravillosa mujer! LOLI.

El viudo/a además de tener que adaptarse a la nueva forma de vida en soledad, aunque los familiares y amigos estén muy pendientes de él, se enfrenta a una serie de problemas que no se pueden demorar. De ahí el título de este artículo: Manual para un viudo/a primerizo/a.

Consejo práctico: si alguno de los dos no sabe guisar... ¡APRENDE! antes que sea demasiado tarde. Ayudarás al otro y te evitarás problemas estomacales y económicos a posteriori.

Una persona muy querida por mi me da un sabio consejo: -ahora muchas personas te dirán "lo que tienes que hacer y no hacer". Procura escucharlas a todas y luego obra como mejor creas conveniente. 

Uno de los problemas que se plantean y contra reloj (antes de seis meses del fallecimiento) son los trámites de los herederos.

Para escribir este artículo me ha sido de gran ayuda la información que me proporcionó una de mis nuera, uno de nuestros hijos y la Sociedad aseguradora de la póliza de decesos.

Hay que comenzar por las entidades bancarias. Aquella o aquellas en las que teníais una cuenta corriente, libreta de ahorros, acciones o títulos, aunque su saldo sea mínimo.

Comienzo ejecutando uno de los consejos que me dan. Con el acuerdo unánime de nuestros cuatro hijos y acompañado de uno de ellos, acudo a una de las entidades bancarias en las que por nuestro trabajo tenemos más cuentas corrientes que utilizamos profesionalmente, y en las que soy mas conocido.  Abro una cuenta corriente a mi nombre y autorizo a dos de mis hijos para utilizarla.

A dicha cuenta corriente paso el cincuenta por ciento del saldo existente al día de su fallecimiento, desde la que tenía compartida con mi esposa. En las otras entidades bancarias que teníamos cuenta, hago igualmente una transferencia del cincuenta por ciento del saldo a mi nueva cuenta, sin comunicar oficialmente el fallecimiento de mi esposa. ¿Qué por qué hago esto? Al parecer las entidades bancarias podrían congelar las cuentas al conocer el fallecimiento de alguno de los titulares por aquello de la testamentaría -en la práctica no lo han hecho en ninguna y siguen atendiendo los recibos que estaban domiciliados en la cuenta conjunta-.

Si tienes alguna póliza de deceso, en este caso con el nombre de una Santa, desde el momento en que comunicas el fallecimiento en el propio hospital, acuden rápidamente a ayudarte y se encargan de todos los trámites del velatorio y entierro. 

FASE DE REUNIR LA DOCUMENTACIÓN QUE SE VA A NECESITAR:

Se tienen que recopilar los siguientes documentos, que normalmente la Entidad Aseguradora por decesos se encarga de obtener y facilitar en unos quince días, y que se van a tener que presentar para realizar varios trámites.  
  • Certificado literal de defunción del difunto, expedido por el Registro Civil. 
  • Certificado del Registro General de actos de última voluntad
  • Baja del asegurado del sistema público sanitario y/o como pensionista.
  • Certificado municipal de convivencia con el asegurado fallecido
  • Certificado del Registro de contratos de seguros con cobertura de fallecimiento.
Para que la Entidad aseguradora pueda obtener esta documentación se le deberán proporcionar la siguiente documentación:
  • D.N.I. de la persona fallecida y de su cónyuge.
  • Libro de Familia de la persona fallecida.
  • Documento de Afiliación a la Seguridad Social de la persona fallecida.
Si no se tiene Compañía aseguradora de decesos, se tendrá que recurrir a una Gestoría o persona especializada, o incluso hacerlo personalmente. Los trámites, plazos de solicitud y Organismo que lo gestiona son los siguientes:
  • Certificados Literales de Defunción: Pasadas 24 horas del fallecimiento y en el Registro Civil/Juzgado de Paz del lugar de fallecimiento (Se puede hacer presencialmente, por carta, entrando en http://sede.mjusticia.gob.es -en caso de tratarse de registro Civil informatizado, y se puede obtener más información en: http://www.mjusticia.gob.es) 
  • Certificado de Actos de Última Voluntad: A partir de 15 días hábiles desde el fallecimiento y en el Ministerio de Justicia.
  • Certificados de Contratos de Seguros de  Cobertura de Fallecimiento: A partir de 15 días hábiles desde el fallecimiento y en el Ministerio de Justicia.
  • Tramitación de pensiones: Antes de 3 meses desde el fallecimiento y en el Instituto Nacional de Seguridad Social.
  • Liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y donaciones: Antes de 6 meses desde el fallecimiento (existe posibilidad de prórroga) y en la Hacienda autonómica.
  • Baja en la Seguridad Social: Sin plazo. Es recomendable antes del día 5 del mes siguiente al fallecimiento y en el Instituto Nacional de Seguridad Social.
  • Certificado de Nacimiento: Sin plazo y en el Registro Civil.
  • Certificado de Matrimonio Sin plazo y en el Registro Civil.
Los herederos deberán reunir:
  • Testamento del difunto, si existe. (El certificado de Ultima Voluntad nos indicará si la persona fallecida había otorgado testamento, ante qué notario y la fecha, así como si existe más de un  testamento).
  • Certificado de posesión del saldo al día de fallecimiento del difunto/a de los distintos Bancos en los que el difunto/a tuviera cuenta, libreta de ahorro, acciones, depósitos, planes de pensione... etc. Pueden cobrar por ello, aunque a mí no me cobraron y me lo dieron al momento, salvo en uno de ellos que, por diversos motivos, tardaron casi cinco meses en proporcionármelo. En el momento de solicitar el certificado de posesión las cuentas quedan bloqueadas, aunque siguen pagando los recibos de los servicios y consumo de la vivienda. Para solicitar el certificado de posesión la entidad bancaria pedirá al solicitante o los herederos la siguiente documentación
    • Testamento o acta del notario de declaración de los herederos abintestato.
    • Certificado de defunción
    • Certificado de últimas voluntades. 
  • Recopilar todas las escrituras de propiedad de los inmuebles que se tengan (viviendas, plazas de garaje, trasteros, parcelas...etc.)
FASE DEL NOTARIO:

En nuestro caso el notario ante el que se firmó el testamento estaba jubilado, por lo que tuvimos que ir al Archivo General de Protocolos de Madrid para que se autorizara al nuevo notario (C/San Pedro de Cardeña 42- 28033 Madrid - EMT: Lineas 7- 29 y 129; Metro: Línea 4, Estación Manoteras. A la altura de la calle Alcala 540, con entrada por la calle Cronos- Edificio B, planta 2ª).

A la notaría se lleva toda la documentación anterior. Habrá que explicar al notario cómo se quiere la adjudicación de los bienes, puesto que puede suceder que el fallecido/a testó a favor de su cónjuge. Como en nuestro caso los herederos forzosos son 4 hijos, hay que decidir si se hace el reparto de la herencia (del 50% de la sociedad de gananciales) según el testamento o según lo que la ley marca para los hijos.

Tiene que decidir entre el conyuge viudo y los herederos (4 hijos) entre:
  • Si se opta por lo establecido en el testamento: El cónyuge viudo queda con el usufructo de toda la herencia, es decir del goce y disfrute pero no de la propiedad, y los hijos quedan como propietarios de todo. Por lo que tendrán que estar de acuerdo todos, cónyuge viudo e hijos, para cualquier venta o transacción que se haga con los bienes de la herencia. Cuando fallezca el cónyuge viudo todo pasará a los hijos por completo.
  • La otra fórmula es que se hagan 5 lotes, de acuerdo a lo que la ley establece sobre la porción que corresponde al cónyuge viudo y los hijos. La Ley divide la herencia en 3 partes o tercios. Uno de los tercios le corresponde al cónyuge viudo en propiedad, un segundo tercio le corresponde también solo en usufructo. Los hijos tendrán la propiedad de dos tercios.
Todo esto lo deciden los herederos, no el notario. El notario plasmará en el documento la decisión que ellos adopten.

En cuanto a la valoración de la herencia, es conveniente que los inmuebles se valoren, según lo que crean que realmente valen, porque el Impuesto de Sucesiones en Madrid está exento el 99% del valor para los herederos forzosos y de esta manera en este momento se paga poco, pero cuando se quiera ir vendiendo el incremento patrimonial será menor y se pagará menos en el Impuesto de Tansmisiones y Plusvalía.

FASE DE PAGO DE IMPUESTO DE SUCESIONES Y PLUSVALIA, REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y CANCELACION DE CUENTAS BANCARIAS:

Con la escritura notarial de Manifestación de Herencia y Adjudicación, hay que liquidar:
  1. El Impuesto de Sucesiones y Donaciones (Modelo 650)
  2. Liquidar la Plusvalía
  3. Una vez hecho lo anterior ir a los distintos Registros de la Propiedad para registrar a los nuevos titulares
(Los puntos 1 y 2, pago de impuestos, se deben realizar antes de los 6 meses desde el fallecimiento, después hay recargo).

A continuación se tendrá que ir a cada una de las entidades bancarias para cancelar las cuentas, libretas de ahorro, acciones, depósitos, planes de pensione... etc. y retirar los saldos existentes o transferirlos a la nueva cuenta. Para ello habrá que llevar una carta firmada por todos los herederos indicando que se transfieran los saldos existentes a la cuenta nº xxxxxx , de la entidad bancaria xxxxx., junto con el D.N.I de todos los firmantes.

A todo esto hay que añadir otro tema importante y que parece no terminar nunca: Poner todos los contratos que no estén a nombre del cónyuge viudo  a su nombre (agua, luz, gas, teléfono...) y cambiar todas las domiciliaciones bancarias de todo lo que proceda a la nueva cuenta.

Con este manual no solo he pretendido ayudar a algunas personas en unos momentos difíciles de su vida  por la pérdida de un ser querido y los complejos trámites que hay que hacer como consecuencia de su fallecimiento.  Si yo he sobrevivido a la burocracia, vosotros también podéis.

Además he querido que sirva como homenaje a tantas maravillosas mujeres que, como LOLI, con su ejemplo de vida como esposa, madre y amiga han dejando un recuerdo imborrable en todos los que hemos tenido la suerte y el privilegio de conocerlas.

Comentarios

  1. Un articulo muy interesanye y práctico pero, sobre todo, muy humano. ¡Enhorabuena!

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  2. Querido amigo. Sentimos mucho que este gran artículo venga derivado por una situación personal tan dolorosa.
    El artículo no tiene desperdicio, a mi me has recordado las gestiones que tuve que realizar por la muerte de mis padres en momentos diferentes. Tu lo has plasmado a la perfección.
    Con tu permiso pongo ahora mismo este artículo en mi web para que salga el lunes por la mañana.
    Gracias por tu aportación siempre enriquecedora.
    Un abrazo.

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    1. Gracia Miguel: por razones obvias es, de los 104 que llevo publicados, el que más me ha costado escribir. Intentando que sea una ayuda para muchas personas en esta rara época y situaciones, y a la vez un homenaje a todas las mujeres que nos han dejado unas huellas positivas con su vida.

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  3. Muchas gracias, Salva, por esa doble vertiente que narras en ese concienzudo escrito. Por una parte la vivencia de las últimas horas de Loli, que quienes la conocimos podemos percibir esa última despedida tan serena, y, por otra, el detallado informe sobre la forma de proceder en caso del fallecimiento de uno de los dos. Clarificador y simplificador de los trámites a llevar cabo. Gracias nuevamente por ello. Un fuerte abrazo. Fernando y Adela

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    1. Gracias a vosotros, Adela y Fernando, por toda esas vivencias y experiencia que hemos compartido a lo largo de muchos años. Gracias por vuestra cercanía, cariño y acogida hacia nosotros y lo que nos habéis transmitido. Confío que durante muchos ninguno de los dos tenga que aplicar el manual, pero si podemos ayudar a muchas personas.

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  4. Gracias Salva: un articulo muy interesante y preciso ante una situación que no solemos estar preparados. Nos puede ayudar a muchas personas.
    Al presentar tu situación personal, demuestras una gran valentía. Los que hemos tenido la inmensa suerte y gozo de compartir muchos momentos con vosotros y conocer en profundidad a Loli, sabemos lo que significaba para ti.
    No he podido leer de corrido, se me ha hecho un nudo en la garganta y he tenido que esperar para seguir leyendo.
    Un abrazo muy grande. GRACIAS.

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